El desarrollo del PGOU | La conceptualización general | COMPLETAR

Ciudad de la Concordia     PGOU 2014 2044

Lineamientos generales del PGOU

Y la Conceptualizacion General 

LA DEFINICIÓN Y FINALIDAD

En el año 2014 se cumplieron 10 años desde que entrara en vigencia el Código de Planeamiento, un conjunto de normas que –con sucesivas y múltiples modificaciones parciales – orientó el desarrollo y el crecimiento de Concordia a lo largo de la última década. Se trató sin dudas de un cuerpo normativo que reflejó la manera de hacer la ciudad,  que hoy resulta imperioso reformular a la luz del tiempo transcurrido, de los nuevos escenarios que se presentan y de las transformaciones y cambios evidenciados en la estructura física, económica y social de la ciudad. Y porque la ciudad de la Concordia, como todas las ciudades del país comienza a incorporar un concepto superador, en cuanto ven que la planificación urbana ha sido relegada en la joven democracia, aun en transición.

Los códigos de Planeamiento en general han sido instrumentos de remplazo de los planes urbanos. Es infrecuente que la política municipal de los municipios tenga un Plan General de Urbanismo con su normativa de aplicación. Lo “normal” es que el Código de planeamiento, digamos una norma lo suplante y esta sea  el instrumento fundamental de las “Secretarias de Obras Públicas” que pueden  llamarse o no también de “Secretaria de Obras y Servicios Públicos y Planeamiento” como era el caso de la Municipalidad de Concordia.

El primer Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) reemplazará el Código de planeamiento  vigente del año 2004 y establecerá una nueva manera de incorporar la normativa: estará dentro del  propio PGOU. El PGOU será el  instrumento de la “Gerencia de Urbanismo y Planificación Territorial” desde su creación en agosto del 2012-próximo a tener el rol de  Secretaria- para la planificación del territorio.

Esta decisión del Ejecutivo Municipal es trascendental: implementar la ejecución de Obras de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos según la planificación urbanística emanada de la Gerencia de Urbanismo y Planificación Territorial. 

Esta decisión la explica muy bien el Intendente Municipal al afirmar que Concordia tiene hoy planificación, y que ha llevado a que la Secretaria de Asuntos Municipales de la Nación ponderara, precisamente la Gestión Municipal por su planificación y su política tributaria.

El comienzo es esperanzador, el horizonte es riquísimo y el camino es procesual. El cambio cultural ha comenzado y depende fundamentalmente de los siguientes gobiernos que respeten esta política de Estado y den los recursos y el rol institucional propicio a la GUrba y PlaTe, para hacer planificadamente la ciudad.

El PGOU toma los antecedentes, todos, y en especial el de Carrasco en cuanto a la organización espacial y la morfología propuesta. Se ha tenido en cuenta también el documento del llamado “Plan Urbano,  Talleres de convalidación” de Alberto Sbarra – presentada en el año 2011-,  fundamentalmente en el diagnóstico y algunas propuestas coincidentes con el espíritu del PGOU. El  PGOU es la figura del planeamiento en la que se define el proyecto urbanístico deseado y posible de transformación de la ciudad. En él se indican las directrices generales de ordenamiento integral del territorio municipal, los proyectos de carácter estructural para el logro de un desarrollo positivo y los procedimientos (modalidades e instrumentos) para orientar la gestión municipal del territorio.
Es una herramienta básica de actuación, para impulsar la incorporación de importantes modificaciones en su estructura física y funcional, ordenar la acción pública y promover la inversión privada. Estas definiciones le darán marco a la elaboración de todos aquellos otros instrumentos necesarios para la puesta en marcha y ejecución de las políticas urbanísticas.

La estrategia general

El PGOU 2014-2044 de la Ciudad de la  Concordia,  fija una estrategia para la trasformación urbanística de la ciudad, basada en la definición de un marco de actuación estructural,  y pormenorizadamente el saneamiento necesario en cada uno de los distritos propuesto. Para ello establece las políticas generales a aplicar en todo el territorio municipal, referidas a las distintas propuestas que inciden en la estructura de la ciudad, como: ordenamiento del suelo, sistema vial, espacios públicos, equipamientos urbanísticos,  e infraestructura de servicios. Define también las políticas a aplicar en temas universales: vivienda; movilidad; RSUyO; patrimonio histórico; arquitectónico y urbanístico; industria y servicios; y medio ambiente. Plantea para cada uno de estos temas los objetivos que guiarán las intervenciones de ordenamiento a la ciudad actual.

El PGOU propone la actuación urbanística a realizar hoy, previendo los próximos 30 años, a los efectos de impulsar una trasformación estructural de la ciudad.

Las propuestas estructurales, los temas específicos y la definición técnico administrativa de la descentralización en seis distritos/comunas, con los planes correspondientes para su saneamiento y ordenamiento, – Centralidades; intervinculaciones comunales; destinación de suelo y anteproyectos para educación, salud, deporte, vivienda,  provisión de servicios de infraestructura, producción, y administración de la Gobernanza comunal – componen la herramienta vital del gobierno Municipal: el PGOU.

Como envoltorio a la visibilidad de la nueva morfología de la ciudad tendremos los proyectos estructurales: nuevo acceso por el sur; circunvalación; borde forestal; los parques lineales que serán las venas de la ciudad; los nuevos parques en los humedales de los arroyos, – piezas urbano-ambientales fundamentales para desfragmentar las poblaciones del sur y del norte – congeniaran con el completamiento de la costanera.

En cada uno de ellos se cruzan y entremezclan los distintos temas planteados en las políticas generales que aplicadas en forma simultánea y en un territorio específico, asumen para la actuación urbanística un valor estratégico encolumnadas en cada eje, se detallan operaciones de diferente escala que serán abordadas con instrumentos normativos específicos (Planes Específicos, Planes Parciales (PP); Planes de Actuación Urbanísticas (PAU); Proyectos de Actuación Urbanísticas (PRAU) Planes de Detalle) y se explicitaron un abanico de instrumentos de gestión (Convenios Urbanísticos, y Convenios de Esfuerzo Compartido).

El Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la Concordia 2014-2044, propone una mirada holística en los niveles aéreos, sobrerasante  y Subrasante. Y en ella desplaza todas las variantes posibles para resolver las hipótesis de trabajo que fueron el alma Mater del PGOU:
La ciudad de Concordia tiene la posibilidad de dar un salto cualitativo en la región, desde el cercano departamento concordia, la ciudad “de enfrente” Salto-Uruguay, la provincia, la región de provincias, y el territorio del país, proponiendo, a nivel de contribución, una ordenación del territorio en todas sus instancias, nacional, provincial y departamental y Regional.                  

 Hacia una ciudad equilibrada y justa, en la actual ciudad dual desequilibrada e injusta; proponiendo proyectos, políticas, presupuestos estimativos e instrumentos de gestión.
 Actuaciones que reviertan las consecuencias originadas por la Concordia (ciudad) del calor y la humedad, desforestada, y calzadas cubiertas con demasiado hormigón.

Este  PGOU se basa en el convencimiento de que problemas como la movilidad, los RSyOU, la vivienda, la salud, la educación, la producción, la gestión municipal, etc., tendrán un principio de resolución con decisiones políticas que hagan priorizar la planificación urbanística para la ejecución de la obra pública. El fortalecimiento de la Gerencia de Urbanismo y Planificación Territorial, se impone como necesaria, imprescindible,  y primordial. La decisión de su creación ha sido una de las medidas más significativas que ha tomado el Gobierno Municipal, y que tiene el carácter de Política de Estado. El PGOU  concibe las actuaciones a realizar desde el concepto de la planificación pragmática del urbanismo operacional: concepto, anteproyectos, y normativa para resolver los problemas actuales pensando en las próximas décadas.

Una de las características centrales del PGOU es pensar en el todo para resolver las partes. Es pensar en el hoy pensando en el futuro. Entre los desafíos que aborda, uno es muy importante: llegar al 2º centenario de la ciudad en el 2031/32, con el objetivo del Plan cumplido en un 70%.

El logro de hacer la ciudad armónica, justa, eficiente y sobre todo que tenga equilibrio entre “el hacerla  y mantenerla”, exige una adecuada planificación territorial, que incluya un conjunto complejo de variables: en la que las necesidades a satisfacer permanentemente -accesibilidad y movilidad, la provisión de infraestructura, la construcción de vivienda, la producción de bienes y servicios de colocación local y externa; el acervo educativo y cultural, la sanidad de los habitantes;  la preservación del patrimonio urbano y ambiental – tiene los instrumentos acordes – Ley del Suelo y  Ordenación Territorial, Ley de Planes Urbanísticos, Ley de realización y actualización catastral, y leyes específicas,  para que la gestión municipal, independientemente del color político y siguiendo políticas de estado, gobierne eficazmente.

El ordenar con equidad y sabiduría la “ciudad dual”, premisa central del PGOU, es el gran desafío que tiene el gobierno municipal actual, y los sucesivos. Ojala se desarrolle esta tarea con hidalguía, constancia y holgado presupuesto asignado para lograr que los ciudadanos y los que nos visitan transiten cada rincón de esta ciudad. El PGOU pretende lograr este objetivo con proyectos estructurales y de distribución de jerarquías urbanas en todo el territorio. La descentralización en 6 distritos es un buen escenario que favorecerá, con propuestas atractivas, la transición a este objetivo.
Se trata, tal como lo expresa la Agenda 21 de Naciones Unidas, de promover «un desarrollo económico responsable hacia la sociedad protegiendo simultáneamente los recursos fundamentales  y el medio natural en beneficio de las generaciones futuras». Es ésta la problemática que, conjuntamente con el ordenamiento de la actual ciudad,  asume el nuevo Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) de la ciudad de Concordia considerándolos temas que hoy deben afrontar y resolver las ciudades frente a los procesos de fragmentación,  y expansión demográfica y económica.

Con su puesta en marcha se pretende preparar el territorio, para incorporar los cambios y modificaciones que se intentan lograr, evitar las consecuencias negativas de las decisiones aisladas, reforzar la iniciativa de construcción pública y colectiva, incorporar la inversión privada a una estrategia integral de desarrollo urbano y pensar la ciudad por proyectos, muchos de ellos de alto impacto para su transformación. De esta manera, el proceso de reactivación urbana de Concordia producido en los últimos años, lejos de detenerse, obtendrá un nuevo impulso en esta etapa para multiplicar sus efectos y resultados en un amplio espectro territorial. Tomando el rumbo del ordenamiento con equidad en todos los rincones del territorio.

El concepto y los objetivos

El  PGOU es la figura del planeamiento en la que se define el proyecto urbanístico deseado y posible de transformación de la ciudad. En él se indican las directrices generales de ordenamiento integral del territorio municipal, los proyectos de carácter estructural para el logro de un desarrollo positivo y los procedimientos (modalidades e instrumentos) para orientar la gestión municipal del territorio.

Es una herramienta básica de actuación, para impulsar la incorporación de importantes modificaciones en su estructura física y funcional, ordenar la acción pública y promover la inversión privada. Estas definiciones le darán marco a la elaboración de todos aquellos otros instrumentos necesarios para la puesta en marcha y ejecución de las políticas urbanísticas.

El objetivo  del PGOU de Concordia es: ordenar la ciudad actual, objetivando el devenir de las próximas décadas,  definiendo los elementos claves de la estructura urbana, que componen el soporte del ordenamiento urbanístico del territorio municipal, establece las directrices y orientaciones morfológicas y de Gobernanza con normas de aplicación,  referidas a la configuración de la ciudad y al ordenamiento urbanístico del territorio, identifica y aborda  los proyectos estructurales a partir de los cuales se promueve la transformación física y administrativo/política de la ciudad, clasifica el suelo como medida previa a la ejecución de las acciones propuestas para su ordenamiento urbanístico e integra y controla acciones que involucran definiciones territoriales impulsadas por diferentes agentes públicos, institucionales y/o privados. Incorpora la consulta previa a toda intervención urbanística, según las premisas del PGOU, en la Gerencia de Urbanismo y Planificación Territorial (GUrba y PlaTe). Buscando optimizar la eficiencia y contrarrestar las dilatadas tramitaciones.

La relación entre plan y proyecto

 El conjunto actualizado de instrumentos normativos que propone el PGOU, «Las Normas Urbanísticas de la Ciudad de Concordia», harán efectivas las políticas que se plantean, a través de regulaciones de carácter general y de carácter particular. Como regulaciones particulares los Planes Específicos, Planes Parciales (PP); Planes de Actuación Urbanísticas (PAU); Proyectos de Actuación Urbanísticas (PRAU) Planos de Detalle y Áreas de Preservación Histórica – APH –, permiten impulsar el desarrollo simultaneo de la ciudad considerados de valor estratégico. Su particularidad radica en que constituyen intervenciones urbanísticas de mediana y gran escala, concertadas con otros organismos públicos y con los actores involucrados: propietarios privados e inversores. Representan una valoración y aplicación del plan en términos de proyecto, una ida y vuelta de lo general a lo particular y viceversa. Una ida y vuelta sobre lo urgente y su proyección en las próximas décadas
Si bien la existencia de un Plan general ayuda a entender las actuaciones particulares y las encuadra y relaciona en un contexto más amplio, los avances en la planificación y desarrollo de los proyectos específicos permiten a su vez, poner a prueba los lineamientos definidos en el plan, revisarlos enriqueciendo y perfeccionando de este modo su construcción a partir del aprendizaje que reporta la experiencia surgida de una práctica concreta.
PGOU 2014-2044 de la Ciudad de la Concordia es pragmático y operativo.

El PGOU 2014-2044 propone, avanzar un paso más en los procesos de participación, para hablar no solo de participación sino también de concertación. Desarrolla a tal efecto, un importante bagaje instrumental, para favorecer la relación entre actores institucionales, actores públicos y actores privados. Esta es una de las grandes apuestas y mayor innovación del PGOU 2014-2044: articular y facilitar la acción mancomunada de actores en pos de lograr los objetivos propuestos de transformación positiva de la ciudad.
Los instrumentos que habilita convocan a la inversión privada, la alientan e inducen, y reorientan la inversión pública, para que convergiendo en forma simultánea y con objetivos comunes previamente delineados, ambas partes se potencien y beneficien mutuamente. Son los distintos actores los que ejecutan gran parte del plan motivados por el abanico de propuestas que plantea.

La redistribución de los beneficiarios del ordenamiento urbanístico

Otra de las importantes contribuciones de este plan, lo representa la articulación de directrices y acciones, para que los beneficios que se obtienen del ordenamiento urbanístico sean equitativamente redistribuidos para beneficio del conjunto de la comunidad. Define en relación con este propósito, la figura del uso de «mayor aprovechamiento urbanístico o edilicio». La introducción de este concepto permite establecer reglas de juego claras con respecto a la precisión de indicadores urbanísticos diferenciados para distintas situaciones urbanas. Los actores más beneficiados con las determinaciones normativas  efectúan un aporte económico a modo de «compensación» y los actores más afectados por las restricciones (fundamentalmente por aplicación de políticas de preservación patrimonial) tienen la posibilidad de recibir un subsidio, que contribuye a contrarrestar una determinación normativa, que se establece en pos de un beneficio colectivo. Así implementado este mecanismo, se logra otro efecto: alentar la acción de rehabilitación. Estas compensaciones económicas se fijarán cuando –como resultado de la aplicación de indicadores urbanísticos especiales, ya sea por cambios de usos, alturas, factores de edificabilidad o por cualquier otra modificación normativa realizada se verifiquen mayores beneficios para los particulares involucrados. Las mismas quedarán estipuladas en los convenios remitidos para su aprobación al Concejo Municipal.

La ejecución del PGOU 2014-2044.

Se dispone la creación de la Mesa Estratégica de Ejecución (MESTRE) del PGOU Concordia, con carácter consultivo, a los efectos de generar las  distintas instancias de su puesta en marcha, interpretar acerca de sus alcances y recomendar acerca de la utilización de sus instrumentos. La MESTRE del PGOU Concordia estará integrada por representantes de diversas instituciones vinculadas a la temática, de las reparticiones municipales afines y por representantes de las fuerzas económicas de la ciudad.
El Departamento Ejecutivo con la Gerencia de Urbanismo y Planificación Territorial, reglamentará acerca de las modalidades de conformación, cantidad y permanencia de los integrantes, organización y demás disposiciones relativas al funcionamiento de la Mesa Estratégica de Ejecución,  del PGOU Concordia.
La modalidad de revisión, actualización y reformulación

 El PGOU 2014-2044 de la ciudad de la Concordia será revisado periódicamente con la finalidad de identificar posibles desajustes entre sus indicaciones y los procesos reales de transformación de la ciudad. Se estipula como plazo máximo entre revisiones un período de 6 años. Transcurrido ese plazo, o antes si se considerara necesario, la Municipalidad de Concordia procederá a su revisión, la que podrá derivar en una simple actualización o en una reformulación de sus contenidos. Se procederá a la simple actualización, en aquellos casos en que las modificaciones requeridas no alteren las directrices generales de ordenamiento enunciadas. Se procederá a la reformulación, cuando hubieran tenido lugar hechos no previstos al momento de su formulación, que hubieran modificado significativamente la situación de la ciudad o de un sector de la misma. En este caso, el plan podrá ser reformulado total o parcialmente y será elevado al Concejo Municipal para su correspondiente aprobación. La revisión servirá notablemente como seguimiento de las obras propuestas y ejecutadas para los planes de ejecución entre revisiones.
La interpretación y el seguimiento.
La realizara la Oficina del PGOU, de la Gerencia de Urbanismo y Planificación Territorial, (GUrba y PlaTe), y las áreas específicas afectadas.


H
ay  síntomas indicativos de que mas temprano que tarde podremos tener un mayor aprovechamiento de nuestros recursos.
A nivel nacional están a la discusión dos anteproyectos de ley de Ordenamiento Territorial, que es inconcebible que aun no estén.  Pero están sobre la mesa, aunque la mesa este en la habitación nº 92 de las habitaciones de los temas que se deben discernir después de décadas de aplicacion del «Código de  Planeamiento», la ciudadania percibe que las ciudades crecen a la buena de los rematadores, hoy se los llama desarrolladores, y la ciudad dual crece con la ausencia del Estado en el mejor hábitat,  y por el contrario crece favoreciendo los intereses individuales, es decir esta poniendo en su lugar lentamente, muy lentamente el instrumento pernicioso de los códigos de «Planeamiento» que  no son mas que  «los códigos de transacciones económicas mezquinas» cuando se trata  de intervenciones urbanísticas de importancia.
Para el particular que desea construir su vivienda o su comercio los códigos se convierten en habilitadores de esas solicitudes complementando los códigos de edificación. La planificación urbanística esta ausente, obviamente. 
Sin ahondar en las causales del déficit de planificación urbanística y territorial del país que nos llevaría a un escenario de opinión y debate que nos sacaría del andarivel por el cual estamos transitando, enunciamos la ausencia prácticamente de todo el territorio nacional, y por tanto la carencia del andamiaje jurídico e institucional que afecta  directamente al hacer de las ciudades.
Quizás esas sean las razones para que la ciudadania ha dejado la gestión planificada de las ciudades y /o del país a opciones políticas alejadas de la eficiencia colectiva para el bienestar de la comunidad . Percibiendo esta situación la creación de la Gerencia de Urbanismo, fundamentalmente,  y algunas instancias de intervención urbanística nos aparece como un buen atajo para empezar a rescatar la ciudad de la desidia y la injusticia.
Tanto estas instancias como el propio PGOU están expuestos a esta descultura que  consciente o inconscientemente intentara ponerle resistencia.

Tradicionalmente una idea y su ejecución cuando son innovadoras tiene  obstáculos. Creemos que estos instrumentos creados van a quedar para ejercer una poderosa misión en la ciudad . los procesos de transformación. Se comienza con ideas, propuestas y la manera de que se puedan plasmar. Nada garantiza, lamentablemente,  que la aprobación del Consejo Deliberante sea respetada por próximo gobierno municipal, como verdaderas políticas de Estado, pero la vida es savia y sabe discernir. En cualquier momento se volverá con este compendio, seguramente mejorado. 
Por tanto el desafió cultural esta abierto y el PGOU intenta dar las respuesta correspondientes. 

La conceptualización general

1. La definición y finalidad.
2. La estrategia general.
3. Los objetivos.
4. La relación entre plan y proyecto.
5. La Gobernanza
6. La redistribución de los beneficiarios del desarrollo urbanístico.
7. La modalidad de revisión, actualización y reformulación
8. La interpretación y el seguimiento.

En el año 2014 se cumplieron 10 años desde que entrara en vigencia el Código de Planeamiento en Concordia, sancionado según texto ordenado por ordenanza nº 32.692 y posteriores promulgadas hasta el 31/12/2004, un conjunto de normas urbanísticas que –con sucesivas y múltiples modificaciones parciales – orientó el desarrollo y el crecimiento de Concordia a lo largo de la última década. Se trató sin dudas de un cuerpo normativo que reflejó la manera de hacer  la ciudad,  que hoy resulta imperioso reformular a la luz del tiempo transcurrido, de los nuevos escenarios que se presentan y de las transformaciones y cambios evidenciados en la estructura física, económica y social de la ciudad.
El nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) reemplazará el Código de Planeamiento y establecerá una nueva manera de incorporar la normativa: estará dentro del  propio PGOU. El PGOU toma los antecedentes, todos, y en especial el de Carrasco en cuanto a la organización espacial y la morfología propuesta. Se ha tenido en cuenta también el documento del llamado “Plan Urbano, Talleres de convalidación” de Alberto Sbarra- presentada en el año 2011-,  sobre todo en el diagnóstico y algunas propuestas coincidentes con el espíritu del PGOU.
El Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) Concordia 2014-2044, propone una mirada holística en los niveles aéreos, sobrerasante y Subrasante. Y en ella desplaza todas las variantes posibles para resolver las hipótesis de trabajo que fueron el alma mater del PGOU:

             a) la ciudad de Concordia tiene la posibilidad de dar un salto cualitativo en la región, desde el cercano departamento concordia, la ciudad “de enfrente”, la provincia, la región de provincias, y el territorio del país, proponiendo, a nivel de contribución, una ordenación del territorio en todas sus instancias, nacional, provincial y departamental y Regional.

             b) hacia una ciudad equilibrada y justa,  en la actual ciudad dual desequilibrada e injusta; proponiendo proyectos, políticas, presupuestos estimativos e instrumentos de gestión.

             c) Actuaciones que reviertan las consecuencias originadas por la Concordia (ciudad) del calor y la humedad, desforestada, y con demasiado hormigón, en las calzadas cubiertas.

Este  PGOU se basa en el convencimiento de que problemas como la movilidad, los RSU, la vivienda, la salud, la educación, la producción, la gestión municipal, etc., tendrán un principio de resolución con decisiones políticas que hagan priorizar la planificación urbanística para la ejecución de la obra pública. El fortalecimiento de la Gerencia de Urbanismo y Planificación Territorial, se impone como necesaria y primordial.

El PGOU concibe las actuaciones a realizar desde el concepto de la planificación pragmática para resolver los problemas actuales pensando en las próximas décadas. Una de las características centrales del PGOU es pensar en el todo para resolver las partes. Es pensar en el hoy pensando en el futuro. Entre los desafíos que aborda, uno es muy importante: llegar al 2º centenario de la ciudad con el objetivo del Plan cumplido en un 70%.

El logro de un desarrollo urbano sustentable exige una adecuada planificación territorial, que incluya un conjunto complejo de variables: la gestión de los grandes temas de escala regional y el ordenamiento del suelo en términos de accesibilidad y movilidad, la provisión de infraestructura, la construcción de vivienda, el desarrollo de usos productivos y de servicios y la preservación del patrimonio urbano y ambiental.

Se trata, tal como lo expresa la Agenda 21 de Naciones Unidas, de promover «un desarrollo económico responsable hacia la sociedad protegiendo simultáneamente los recursos fundamentales y el medio natural en beneficio de las generaciones futuras». Es ésta la problemática que asume el nuevo plan de la ciudad considerando los temas que hoy deben afrontar y resolver las ciudades frente a los procesos de expansión demográfica y económica.

Con su puesta en marcha se pretende preparar el territorio, para incorporar los cambios y modificaciones que se intentan lograr, evitar las consecuencias negativas de las decisiones aisladas, reforzar la iniciativa de construcción pública y colectiva, incorporar la inversión privada a una estrategia integral de desarrollo urbano y pensar la ciudad por proyectos, muchos de ellos de alto impacto para su transformación.

De esta manera, el proceso de renovación y transformación urbana de Concordia producido en los últimos años, lejos de detenerse, obtendrá un nuevo impulso en esta etapa para multiplicar sus efectos y resultados en un amplio espectro territorial.

  1. La definición y finalidad

El  PGOU es la figura del planeamiento en la que se define el proyecto urbanístico deseado y posible de transformación a futuro de la ciudad. En él se indican las directrices generales de ordenamiento integral del territorio municipal, los proyectos de carácter estructural para el logro de un desarrollo positivo y los procedimientos (modalidades e instrumentos) para orientar la gestión municipal del territorio. Es una herramienta básica de actuación, para impulsar la incorporación de importantes modificaciones en su estructura física y funcional, ordenar la acción pública y promover la inversión privada. Estas definiciones le darán marco a la elaboración de todos aquellos otros instrumentos necesarios para la puesta en marcha y ejecución de las políticas urbanísticas.

El objetivo  del PGOU de Concordia es: ordenar la ciudad definiendo los elementos claves de la estructura urbana, que componen el soporte del ordenamiento urbanístico del territorio municipal, establece las directrices y orientaciones generales referidas a la configuración de la ciudad y al ordenamiento urbanístico del territorio, identifica y aborda  los proyectos estructurales a partir de los cuales se promueve la transformación de la ciudad, clasifica el suelo como medida previa a la ejecución de las acciones propuestas para su ordenamiento urbanístico e integra y controla acciones que involucran definiciones territoriales impulsadas por diferentes agentes públicos, institucionales y/o privados.

La estrategia general
Los objetivos

El PGOU Concordia,  fija una estrategia para la trasformación urbanística de la ciudad, basada en la definición de un marco de actuación general y uno más específico de carácter prioritario, que hace foco en porciones territoriales particularmente demarcadas. Para ello establece las políticas generales a aplicar en todo el territorio municipal, referidas a los distintos temas que inciden en el desarrollo urbano, como: ordenamiento de suelo, sistema vial, espacios públicos, equipamientos colectivos e infraestructura y servicios básicos. Define también las políticas a aplicar en temáticas sectoriales vinculadas a problemáticas más específicas: vivienda, movilidad, patrimonio histórico, arquitectónico y urbanístico, industria y servicios y medio ambiente.

Plantea para cada uno de estos temas, que conforman los contenidos básicos del plan, los objetivos que guiarán las futuras transformaciones y las principales actuaciones propuestas para cumplir con los objetivos delineados. Más allá de estos enunciados de orden genérico, el plan prioriza la actuación urbanística a desarrollar en los próximos 30 años, a los efectos de impulsar una trasformación estructural de la ciudad, mediante la definición de la descentralización en seis distritos, y los planes correspondientes para su saneamiento y ordenamiento: Centralidades; intervinculaciones distritales; destinación de suelo y anteproyectos para educación, salud, deporte, vivienda,  producción y administración de la Gobernanza distrital. Como envoltorio a la visibilidad de la nueva morfología de la ciudad tendremos los proyectos estructurales: nuevo acceso por el sur; circunvalación; borde forestal; los parques lineales que serán las venas de la ciudad; los nuevos parques en los humedales de los arroyos congeniaran con el completamiento del borde costero.

En cada uno de ellos se cruzan y entremezclan los distintos temas planteados en las políticas generales que aplicadas en forma simultánea y en un territorio específico, asumen para la actuación urbanística un valor estratégico. Encolumnadas en cada eje, se detallan operaciones de diferente escala que serán abordadas con instrumentos normativos específicos (Planes Especiales, Planes de Detalle, Áreas de Preservación Histórica y Proyectos Urbanos Especiales) y se explicitaron un abanico de instrumentos de gestión (Convenios Urbanísticos, y Convenios de Esfuerzo Compartido.

 

Fijar las reglas que han de orientar las políticas referidas a la obra pública, el accionar de los agentes privados y fundamentalmente las modalidades que adopte la relación entre los agentes públicos y privados, en términos de encauzar los procesos reales de construcción de la ciudad;

  • Asegurar la sustentabilidad de su desarrollo económico, velando a la vez por la protección del medio ambiente urbano, de modo que garantice una adecuada calidad de vida para el conjunto de los ciudadanos;
  • Definir las posibilidades de urbanización del territorio municipal, las operaciones estratégicas en materia de trasformación estructural, las alternativas de renovación del tejido, las necesidades de protección de situaciones de valor urbanístico y ambiental y las políticas de vivienda y su relación con las de infraestructura, equipamiento y servicios;
  • Establecer los criterios fundamentales a aplicar en materia de gestión regional, de ordenamiento del suelo, de transformación estructural de la ciudad y de las distintas partes o fragmentos del tejido urbano que la componen;
  • Precisar las pautas a seguir en relación con los sistemas generales que ordenan la forma y el funcionamiento de la ciudad; y finalmente,
  • Garantizar los mecanismos operativos necesarios para una adecuada gestión, fijando las reglas básicas a aplicar en los instrumentos que derivan del plan para asegurar un cuerpo integral de normas que permita su aplicación en forma ordenada y coherente del mismo.

El objetivo fundamental que orienta la elaboración de este plan urbanístico es ordenar la ciudad y proyectar el desarrollo en los distintos distritos y sectores que configuran el ejido municipal
de una manera equitativa. Además de:

La relación entre plan y proyecto

El conjunto actualizado de instrumentos normativos que propone el plan, «Las Normas Urbanísticas de la Ciudad de Concordia», harán efectivas las políticas que se plantean, a través de regulaciones de carácter general y de carácter particular. Como regulaciones particulares los Planes Especiales, Planes de Detalle y Áreas de Preservación Histórica –APH–, permiten impulsar el desarrollo de sectores de la ciudad considerados de valor estratégico. Muchos de estos instrumentos ya han sido aprobados por el Concejo Municipal como un avance en la implementación del plan, por lo cual se encuentran hoy en pleno desarrollo.

Su particularidad radica en que constituyen operaciones de urbanización de mediana y gran escala, concertadas con otros organismos públicos y con los actores involucrados: propietarios privados e inversores. Representan una valoración y aplicación del plan en términos de proyecto, una ida y vuelta de lo general a lo particular y viceversa. Si bien la existencia de un plan general ayuda a entender las actuaciones particulares y las encuadra y relaciona en un contexto más amplio, los avances en la planificación y desarrollo de los proyectos específicos permiten a su vez, poner a prueba los lineamientos definidos en el plan, revisarlos enriqueciendo y perfeccionando de este modo su construcción a partir del aprendizaje que reporta la experiencia surgida de una práctica concreta.

  1. La Gobernanza.

El « PGOU Concordia  2014-2044» propone en función de lo antes expuesto, avanzar un paso más en los procesos de participación, para hablar no solo de participación sino también de concertación.

Desarrolla a tal efecto, un importante bagaje instrumental, para favorecer la relación entre actores institucionales, actores públicos y actores privados. Esta es una de las grandes apuestas y mayor innovación del plan: articular y facilitar la acción mancomunada de actores en pos de lograr los objetivos propuestos de transformación positiva de la ciudad. Los instrumentos que habilita convocan a la inversión privada, la alientan e inducen, y reorientan la inversión pública, para que convergiendo en forma simultánea y con objetivos comunes previamente delineados, ambas partes se potencien y beneficien mutuamente. Son los distintos actores los que ejecutan gran parte del plan motivados por el abanico de propuestas.

  1. La redistribución de los beneficios del ordenamiento urbano

Otra de las importantes contribuciones de este plan, lo representa la articulación de directrices y acciones, para que los beneficios que se obtienen del desarrollo urbano sean equitativamente redistribuidos para beneficio del conjunto de la comunidad.

Define en relación con este propósito, la figura del uso de “mayor aprovechamiento urbanístico o edilicio”. La introducción de este concepto permite establecer reglas de juego claras con respecto a la precisión de indicadores urbanísticos diferenciados para distintas situaciones urbanas. Los actores más beneficiados con las determinaciones normativas  efectúan un aporte económico a modo de “compensación” y los actores más afectados por las restricciones (fundamentalmente por aplicación de políticas de preservación patrimonial) tienen la posibilidad de recibir un subsidio, que contribuye a contrarrestar una determinación normativa, que se establece en pos de un beneficio colectivo. Así implementado este mecanismo, se logra otro efecto: alentar la acción de rehabilitación. Estas compensaciones económicas se fijarán cuando –como resultado de la aplicación de indicadores urbanísticos especiales, ya sea por cambios de usos, alturas, factores de edificabilidad o por cualquier otra modificación normativa realizada se verifiquen mayores beneficios para los particulares involucrados. Las mismas quedarán estipuladas en los convenios remitidos para su aprobación al Concejo Municipal.

  1. La modalidad de revisión, actualización y reformulación

El PGOU Concordia será revisado periódicamente con la finalidad de identificar posibles desajustes entre sus indicaciones y los procesos reales de transformación de la ciudad. Se estipula como plazo máximo entre revisiones un período de 6 años. Transcurrido ese plazo, o antes si se considerara necesario, la Municipalidad de Concordia procederá a su revisión, la que podrá derivar en una simple actualización o en una reformulación de sus contenidos. Se procederá a la simple actualización, en aquellos casos en que las modificaciones requeridas no alteren las directrices generales de ordenamiento enunciadas. Se procederá a la reformulación, cuando hubieran tenido lugar hechos no previstos al momento de su formulación, que hubieran modificado significativamente la situación de la ciudad o de un sector de la misma. En este caso, el plan podrá ser reformulado total o parcialmente y será elevado al Concejo Municipal para su correspondiente aprobación.

8. Ejecución del plan

 Se dispone la creación de La Mesa de Ejecución Estratégica (La MEESTRA)  del PGOU Concordia, con carácter consultivo, a los efectos de generar las  distintas instancias de su puesta en marcha, interpretar acerca de sus alcances y recomendar acerca de la utilización de sus instrumentos. La MEESTRA  del PGOU Concordia estará integrada por representantes de diversas instituciones vinculadas a la temática, de las reparticiones municipales afines y por representantes de las fuerzas económicas de la ciudad.

El Departamento Ejecutivo con la Gerencia de Urbanismo y Planificación Territorial, reglamentará acerca de las modalidades de conformación, cantidad y permanencia de los integrantes, organización y demás disposiciones relativas al funcionamiento de la Mesa de Ejecución  del PGOU Concordia.

La interpretación y el seguimiento.

A partir del día uno del segundo año  de haber entrado en vigencia el PGOU, comenzara a intervenir  la Comisión de Interpretación y Seguimiento  (La COINSE).