Municipalismo

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Texto 3:
LOS MUNICIPIOS:  FINANCIACIÓN Y NUEVAS COMPETENCIAS.
En la Argentina federal a la que aspiramos, no debemos olvidar la importancia de los poderes locales, de la Administración local. No obstante debido al férreo centralismo del país representa un raquítico porcentaje institucional. Por tanto, el modelo territorial federal que el PGOU sugiere se  articularía en tres niveles:
– un nivel central (que no centralista).
– un nivel regional que, tras las oportunas reformas estatutarias, reconozca la realidad plurinacional y plurirregional de Argentina.
– un nivel local formado por municipios, comarcas y provincias, con la suficiente competencia y capacidad financiera.  Varias serían las ideas a tener en cuenta a la hora de articular la Administración Local en el modelo territorial federal. Estas serían las siguientes:
a)  EL MUNICIPALISMO.
Hay que recordar que la competencia plena de los entes locales también es una de las ideas clave del federalismo argentino del siglo XXI y que, con las oportunas adaptaciones, resulta en la actualidad de suma importancia. El federalismo municipalista confiere a los entes locales una amplia capacidad para actuar con plena libertad a todos los niveles en su demarcación. Esta autonomía municipal ha de suponer la capacidad efectiva de los entes locales para ordenar y gestionar una parte importante (y creciente) de los asuntos públicos en beneficio de sus habitantes. En este sentido, la futura  Ley de Bases de Régimen Local, deberá contemplar, como uno de sus puntos básicos,  la plena competencia municipal. De igual modo, en las futuras reformas de los Estatutos de Competencias Regionales resulta básico que queden definidos de forma concreta los principios que garanticen la referida competencia local.
Por otra parte, esta concepción del municipalismo permite avanzar, también, en experiencias de avance democrático mediante la implicación  de la ciudadanía y de sus propuestas en la vida local, por ejemplo, mediante la elaboración de los llamados “presupuestos comunales”, antecedidos por las propuestas de obras y servicios.
b) LA NECESIDAD DE UN NUEVO SISTEMA DE FINANCIACIÓN LOCAL.
Como consecuencia de la aplicación de los principios de subsidiariedad, descentralización y cercanía al ciudadano, es lógico que se produzca el aumento de las competencias a asumir por los municipios. De hecho, el aumento de competencias que se prevé asuman los municipios, así como la nueva regulación de los servicios obligatorios,  en materias tales como seguridad ciudadana, justicia de proximidad, empleo, vivienda, cultura, educación, desarrollo sostenible, etc”.
Por todo lo dicho, EL PGOU sugiere  redactar  una  Ley de Bases de Régimen Local contemplando como puntos básicos:
– la futura Ley de Bases debería de tener rango de ley orgánica.
– debe de establecer un nuevo modelo de financiación local para las Entidades Locales que permita la suficiencia financiera de la Administración Local.
Sobre el futuro de los municipios, y las nuevas competencias a asumir, resulta importante recordar que el municipio es la “entidad territorial básica”, se pretende garantizar su autonomía política y administrativa, así como el reconocimiento de la “plena capacidad” de éstos para realizar actividades y prestar servicios “sin otro límite que el respeto a la ley y a las competencias de otras Administraciones Públicas Regionales a visibilizar, y lógicamente las que vayan sedimentando el necesario federalismo del territorio nacional”. Muy importante resultan los conceptos, ya indicados anteriormente, tales como la suficiencia financiera de las entidades locales y los criterios de atribución de nuevas competencias por parte de los Municipios.
En cuanto a las materias a transferir, hay un amplio listado de materias  sobre las que los futuros Estatutos reformados delegarán competencias o deberán reconocer como propias de las comunas, los municipios (y de las provincias en su caso). Este proceso de transferencias afectaría a cuestiones tales como: consumo, cultura, deportes, educación, empleo, inmigración, juventud, medio ambiente, ordenación del territorio, ordenación y promoción de la actividad económica, patrimonio histórico, política de la mujer, protección civil, sanidad, seguridad ciudadana, servicios sociales, telecomunicaciones y sociedad de la información, transporte, turismo, vivienda y cualquier otra materia que el gobierno provincial (hasta que la descicion emerja  del Gobierno Regional) considere oportuna que sea gestionada por las entidades locales.
c) UN DIÁLOGO INSTITUCIONAL FLUIDO.
Desde distintos órganos representativos de la Administración local como la FAMP  se ha planteado la necesidad de impulsar la fluidez de las relaciones entre los municipios y sus respectivas gobiernos provinciales  (hasta que la descicion emerja  del Gobierno Regional y los parlamentos regionales) mediante la creación, dentro, de un Consejo de Gobiernos Locales con capacidad de emitir dictámenes, enmiendas e incluso, en algunos supuestos, derecho de veto, en todos los temas que afecten a los municipios.
En esta misma línea, la FAMP propone igualmente la creación de una Comisión Parlamentaria Especial que sirva de foro de debate, revisión y articulación de toda la normativa que afecte al conjunto de la Administración local.
Las tres cuestiones básicas a las que ya nos hemos referido anteriormente:
  1. Realización de un gran pacto político que garantice el listado de competencias de los Gobiernos Locales, las cuales deberían recogerse en la nueva Ley de Bases de Régimen Local pendiente de redacción y, también, en los futuros Estatutos de Gobiernos Regionales.
    2. elaboración de un nuevo modelo de financiación local.
    3. garantizar que los municipios sean oídos y los representantes del poder local tengan capacidad negociadora en cualquier legislación que, tanto a nivel nacional como regional, afecte a las corporaciones locales. En definitiva el PGOU , impulsa la máxima competencia municipal dentro de un modelo territorial federal, resulta una idea básica para democratizar, dar transparencia y agilidad a la gestión pública. Todo un reto para los concordienses.

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